Instituto de Grupoanálisis. Estatutos del IGA.

A mediados de los años 60 del siglo pasado S.H. Foulkes inicia un nuevo desarrollo de la psicoterapia grupal que denomina grupoanalítica basada en una combinación de elementos que provienen de la Psicología de la forma y la Gestalt, de la Sociología y del Psicoanálisis, y que supone una reconsideración del ser humano como ser esencial y fundamentalmente social. A partir de ese momento toma forma un nuevo movimiento que se llamará grupoanálisis, que favorecerá el desarrollo de planes formativos en torno a los Institutos de grupoanálisis y de sociedades o asociaciones específicas en torno a esta modalidad de intervención psicoterapéutica grupal y de pensamiento sobre el ser humano. Este desarrollo conceptual se ha venido extendiendo por toda Europa, comenzando su penetración en otros continentes a finales del siglo XX. En España, la Fundación OMIE ha ido desarrollando una actividad formativa grupal que en su momento contó con el reconocimiento del Institute of Group Analysis de Londres mediante acuerdos de colaboración y que posteriormente le llevó a crear su propio Instituto y a coparticipar junto a otros similares en la creación de la Red Europea de Institutos Formativos en Grupoanálisis, siendo actualmente miembro de dicha red, denominada EGATIN. Aquel Instituto de la fundación ha ido actualizándose con los años y tomando forma, de manera que ha posibilitado el actual desarrollo de este reglamento.

Sección de la Fundación OMIE desde el 12 de diciembre de 1985. Fines:

  • a) La formación de expertos en Grupoanálisis homologables a los criterios formativos de la European Group Analytic Training Institutions Network (EGATIN).
  • b) El fomento y promoción por parte de sus miembros de actividades de formación continuada en el campo del Grupoanálisis, y ámbitos afines.
  • c) El fomento y promoción de la actividad investigadora en el Grupoanálisis y de intercambios científicos tanto entre sus miembros como con otros institutos o centros de formación grupoanalítica y grupal en general, de ámbito nacional e internacional.

Sede: Ramón y Cajal 2, bis, 4º Dpto. 4. 48014 Bilbao.

La Junta Directiva actual del Instituto de Grupoanálisis de la Fundación OMIE está formada por:
 Presidente: Manuel Mateos Agut
 Secretaria: Maite Pereda Muñoz
 Tesorero: Juan Alday Muñoz
 Vocal: Miguel Pérez Silva

Los fines del IGA y la estructura del IGA

  1. Establecer el programa anual de actividades formativas, divulgativas y de investigación propias del Instituto.
  2. Determinar los criterios formativos y velar por su adecuación de forma periódica pudiendo establecer controles que garanticen la actualización profesional en el terreno grupoanalítico de sus miembros.
  3. Determinar los criterios y procesos de aceptación de candidatos a la formación grupoanalítica, y dar su aprobación a las solicitudes de formación presentados por los candidatos a participar en los diversos niveles formativos.
  4. Aprobar la solicitud de “haber cumplimentado los requisitos formativos” presentada por aquellos alumnos que hayan finalizado tal formación.
  5. Llevar un registro de los diplomas acreditativos de la formación de los candidatos.
  6. Nombrar responsables de los programas formativos que puedan irse desarrollando al amparo del Instituto.
  7. Autorizar la organización de aquellos cursos y programas de formación complementaria que vengan propuestos por los miembros titulares del Instituto.
  8. Desarrollar un código de práctica propio del Instituto con aquellos aspectos que cuiden del normal desarrollo de los programas, de su correcta aplicación, así como de la protección de los alumnos ante situaciones conflictivas.

En el cumplimiento de los fines del IGA, su Junta Directiva realizará anualmente:

  • El reconocimiento de altas y bajas de sus miembros.
  • La elaboración de un presupuesto y balance de ingresos y gastos.
  • El establecimiento de relaciones y alianzas con otras instituciones con el fin de desarrollar sus fines.
  • Facilitará y potenciará intercambios científicos entre los miembros del instituto y otros institutos internacionales de formación grupal y grupoanalítica en particular.

Criterios formativos

El espacio teórico consta de dos aspectos complementarios: los seminarios y espacios teóricos formativos, y el trabajo de investigación. Se recomienda que los seminarios y espacios teóricos formativos se realicen al mismo tiempo que la experiencia personal en grupo, pudiéndose prolongar los primeros durante un tiempo posterior tras la experiencia formativa. En estos espacios y seminarios, utilizando el formato de grupo y bajo la conducción de un miembro docente del Instituto, se realizará un repaso de todos los aspectos concernientes a la psicoterapia de grupo, en especial la grupoanalítica, que contiene tres ejes básicos: los provenientes de la psicología psicoanalítica, los que provienen de la teoría sociológica de N. Elías y los que derivan de la Gestalt.

En su desarrollo se abordarán:
A. Historia y desarrollo de las psicoterapias de grupo poniendo especial énfasis en el desarrollo de la teoría Grupoanalítica.
B. Conceptos básicos: red, matriz, comunicación, traducción, fenómenos de espejo, resonancia, localización, polarización, fenómenos transferenciales, mecanismos de defensa psíquicos, procesos transpersonales, …
C. Conceptos clave: el marco de trabajo (setting), los límites del grupo, las funciones del conductor, la función psicoterapéutica del grupo, la selección de pacientes, la composición del grupo, las fases del desarrollo grupal, las indicaciones y contraindicaciones grupales, los grupos en contextos especiales
y con poblaciones específicas, el tamaño del grupo, aspectos organizativos e institucionales…
D. Teorías relevantes: teorías psicoanalíticas, teorías sociológicas, psicología de la Gestalt, y teoría fenomenológica.

Igualmente, y como parte integrante de la formación teórica y científica, el candidato debe desarrollar un trabajo de investigación sobre psicoterapia grupoanalítica, de una extensión no menor a las 3000 palabras.

Los candidatos deben realizar un período de observación de un grupo acompañando a un conductor reconocido por este Instituto. Igualmente, deben asumir la conducción de al menos dos grupos de orientación grupoanalítica con el fin de que dispongan de material concreto a supervisar.

El espacio de supervisión debe realizarse en espacios grupales diseñados a tal efecto. Es conveniente que sean varios los supervisores con los que trabaje el candidato con el fin de poder abordar diversos estilos, acentos y enfoques técnicos.
Una vez el candidato haya cumplimentado los criterios formativos señalados anteriormente podrá solicitar al Comité de Docencia su reconocimiento como Miembro Asociado, Adjunto y Titular, que constituyen la estructura básica del Instituto. A partir de ahí, el candidato puede proseguir su formación para acceder a las categorías Docente y Supervisor del Instituto.

 

Requisitos formativos según la categoría de los miembros del IGA.  
Miembros Asociados165 hGraduados o Licenciados en Medicina, Psicología, Enfermería o Ciencias Sociales con experiencia clínica en la red pública y/o privada de asistencia en salud mental.
Experiencia personal en grupo75 h
Teoría50 h
Reflexión de Tarea40 h
Miembros Adjuntos435 hGraduados o Licenciados en Medicina, Psicología, Enfermería o Ciencias Sociales con experiencia clínica en la red pública y/o privada de asistencia en salud mental.
Experiencia personal en grupo155 h
Teoría100 h
Reflexión de Tarea80 h
Tesina100 h
Miembros Titulares950 hGraduados o Licenciados en Medicina, Psicología, Enfermería o Ciencias Sociales con experiencia en la red pública y/o privada de asistencia en salud mental.
Experiencia personal en grupo240 h
Teoría160 h
Reflexión de Tarea120 h
Tesina250 h
Observación60 h
Conducción120 h
DocenteGraduados o Licenciados en Medicina, Psicología, Enfermería o Ciencias Sociales con experiencia en la red pública y/o privada de asistencia en salud mental.
Disponer de rango universitario por el que puede ser psicoterapeuta.
Experiencia clínica acreditada en centros de asistencia en salud mental públicos y/o privados, y preferiblemente con contacto con patología diversa.2 años
Observación dentro de los cursos de formación grupal que este Instituto reconoce como válidos.1 caso académico
Conducción de grupo de psicoterapia grupoanalíticaposterior a la formación.120 h
(2 años)
Supervisiónposterior a la formación.60 h
Haber publicado al menosun artículo sobre la psicoterapia de grupo en alguna de las revistas científicas que se publican en España.
SupervisorGraduados o Licenciados en Medicina, Psicología, Enfermería o Ciencias Sociales con experiencia en la red pública y/o privada de asistencia en salud mental.
Disponer de rango universitario por el que puede ser psicoterapeuta.
Experiencia clínica acreditada en centros de asistencia en salud mental públicos y/o privados, y preferiblemente con contacto con patología diversa.5 años
Observación dentro de los cursos de formación grupal que este Instituto reconoce como válidos.1 curso académico
Conducción de grupo de psicoterapia grupoanalíticaposterior a la formación.5 años/ 300 h
Supervisión posterior a la formación.150 h
Haber participado como conductor junto a otro supervisor reconocido por este Instituto, de grupos de supervisión dentro de los cursos de formación grupal que este Instituto reconoce como válidos(1).
Haber publicado al menos tres artículos sobre la psicoterapia de grupo en alguna de las revistas científicas que se publican en España.

 

También podrán ser considerados miembros de las distintas categorías aquellos profesionales que documenten haber participado en una experiencia similar con otro centro formativo, nacional o extranjero, reconocido por este Instituto o perteneciente a EGATIN y que soliciten su reconocimiento como tales.

(1) Transitoria y excepcionalmente, aquellos docentes de los programas formativos grupales de la Fundación OMIE con categoría de miembros docentes del IGA que hayan desarrollado una actividad como supervisores durante 150 horas podrán acceder a la categoría de miembros supervisores.

Admisión de candidatos

Derechos y deberes de los miembros.
Todo miembro del Instituto está sometido a unos derechos, pudiendo reclamar a los Miembros del Patronato de la Fundación OMIE si considera que alguno de esos derechos o deberes se ha conculcado.

Derechos:
 A obtener información sobre las actividades del Instituto y a participar en las mismas.
 A ostentar el reconocimiento como miembro del Instituto según su categoría.
 A ser acreditado por la formación recibida en las actividades del Instituto (se expedirá un título acreditativo de ser miembro del instituto y su categoría, así como un carné que le identifique).
 A ser incorporado a la base de datos del instituto con los beneficios que ello signifique.

Deberes:

 Respetar y cumplir las normas éticas de comportamiento profesional dentro y fuera del Instituto.
 Satisfacer la cuota anual (excepto miembros de honor) determinada por el Patronato de la Fundación a propuesta del presidente del Instituto.
 Realizar una re-acreditación de su condición de miembro con la categoría de que disponga cada 4 años en base a haber realizado en ese periodo un proceso de formación equivalente a 80 horas de actualización, realizadas en actividades formativas del Instituto u otras entidades grupales o mediante la asistencia a congresos organizados por las asociaciones de psicoterapia grupal.

Las actividades formativas complementarias organizadas que pudieran organizar los miembros titulares y que tengan el reconocimiento del Instituto contribuirán económicamente y según los criterios que el Instituto determine de acuerdo con los de la Fundación. Pero el Instituto no se hace responsable de la economía del curso que recae totalmente en el organizador. El Instituto no se hace responsable ni de los contenidos ni del formato de aquellas actividades que organicen sus miembros titulares y que no hayan obtenido el visto bueno del Instituto. Y tampoco adquiere ni asume ningún compromiso o responsabilidad legal o ética que pueda derivarse

 de éstas, que recae directamente en el miembro organizador.

El Instituto dispondrá de una base de datos de los miembros asociados, adjuntos, titulares, didactas, supervisores y de honor, ciñéndose a la normativa vigente en cuanto a protección de datos y que utilizará para poner en conocimiento de los miembros de cuantas ofertas de trabajo, planes de estudio, actividades formativas o científicas de las que tenga noticia.

Modificación de estos estatutos
 La modificación de los presentes estatutos deberá hacerse por iniciativa de la Junta Directiva que propondrá a la Fundación aquellas modificaciones que considere oportunas para un mejor desarrollo de los objetivos de este Instituto.
 La Fundación podrá pedir al presidente del Instituto y en cualquier momento las aclaraciones que estime oportunas siempre que considere que alguna o algunas de las actividades que se desarrollan afectan al desarrollo de la Fundación, de la que depende.